L.6 folios 59-68
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L.6 folios 59-68
Subject
Félix de Llano, capellán, al Virrey y al Dean y Cabildo de la Iglesia Catedral de Quito
Description
CONTENIDO: Informe sobre la administración de los Santos sacramentos de la iglesia en los pueblos de indios. FOLIOS: 10 (del folio 59 al 68)
**Publicado en la Revista del ANH/C. Nº 9, pág. 128, 1992
Transcription
Señores Bo. Dean y Caudo= Havien
do dispuesto la Catholica Rl.M. de nuestro
Soberano lomas flaco, mas debil, y
enfermo, ófalto detalentos para visitar
esta tierra, que ha llandose en los ultimos
confines del nuevo munco, no deve carezer
de la venigna influencia propia de su
paternal charitativa, y Justificada memoria,
en alivio delos naturales, aquienes
sacó el poder seus armas dela lobre
ga noche del genitismo ála vida dela
gracia; y dado principio mi rendida fiel
obendiencia al cumplimto. deuna materia
tan grave, util y provechosa: teniendo
ála vista la circunstancia de mi esta
do, y la óblicarian deRl. Ministro, nohé
podido ápartar de ella la ley 8ª,, Tito. /
Folio 59 v
31,, lib. 2o,, de las municipales para el
mejor gobierno de estos Dominios: por
la que expresamte. se órdena me informa
en cada lugar, y Pueblo de Yndios, como se les
administran los Santos Sacramentos de
la Yglesia, y que si huviese álguna falta,
provea luego detodo lo conveniente.
Estrechado de esta Rl. disposicion y cier
to deque se contraviene á ella, no quiero
me alcanze aquel Hay, y voz lstimera
(1) deel Profeta, sobre que callé quando debi á
Isai.6.v.5. blar. Uemichiquia tacui (1) Pues conozco
que por particular providencia de Dios hesido
tras ladado á esta Prova. donde semedestinaba
el tiempo oportuno, y acceptable. Ecc-
(2)Sn. Pabl. nunc tempus (2) Por lo que espero, que hacird.
cor.6. endo de la lengua pluma. Lingua mea ca
(3) P. salm la mus (3) ocurro con velozidad al reparo
44.v.2. de lo que enquetro digno de Remedio, fia
do en que ha de conzederme el Señor vozes
(4) Math. y palabras en esta hora. Dabitur enim
10.v.19. vobis in illa hora quid lo quaminé (4)
Folio 60
Para que dirigidas aun Cuerpo tan respectuoso,
sabio, y erudito, las reciba su
benevolencia de manera, que engendran
do nuevamente á estas álmas por el
(5) S. Pabl. evangelio en Jesu christo. In christo-
1.ad cor.4. Jessu per Evangelus ego vos genui (5) –
v.5. ólvidado de él impulso debil que lo anima
y sin hazer juicio dela flaqueza del espiritu
que selo recuerda, excite, y promueva
óficiosa mente á los Doctrineros
de esta Diocessis ála reforma de que necescitan
para consuelo delas almas
que les tiene encomendadas las Real
Persona deS.M. y que despertando del
sueño dela negligencia, ó de el letargo
dela omission, y malas costumbres he
redadas succesivamente de unos ó
tros, aviven la piedad, y resuene ende
licioso, y sonoro clarin el Nectas Divino,
y sagrado Maná que les deben repar
tir á sus óvejas, no negandoles la Refecc /
Folio 60 v
cion espiritual, y nutritivo alimento
asus christanos corazones: ni dandoles
lugar áque se mantengan como parvulos
mas tiempo pidiendo pan, y gimiendo
conternura por no haver quien
(6)Theren selo reparta. Parvuli petierunt pang-
4.v.4. et non erat qui frangeret eis (6)
En muchas ólas mas Doctrinas (aun
en el tiempo Quadragessimal) nose dáel
S, Sacramento de la comunion alos
Yndios, quienes contra el dro. Divino
son pribados de él aun en el ultimo y te
rrible doloroso tranze de ápartarse de
esta vida mortal para dar cuenta al
criador, delas buenas ó malas óbras
lo que me Causa impóderable lastima:
por que siendo criaturas redimi
das con la preciossisima sangre de
Jesus, no hallo entodo el espacioso cam
po, de mi ignorancia moral seguro, ni
ópinion bastante para impedirles tanto /
Folio 61
bien en quetalvez puede consistir su
eterna salvacion: pues siendo soldados
que viven y se alistan vajo delas van
deras, y estandarte dela Yglesia su
getos á sus leyes, sagradas, y preceptos
evangelicos; es mui reparable los óbliguen
á la Confesion annual, y les nieguen la
comunion, ó no los hallen Capazes de ella
quando nezesitandose para lo uno, fee, y
creencia delos mismos necessarios y en
lo ótro gracia, ésta es consequente, y
piadosamente pre sumible, supuesto
aquel fundamento.
Bien sé yo, que enlos adultos se per
mite la Confesion, y que suele suspen
derseles la Comunion según eljuicio que
forman los confesores y Mros (aquie
nes seles entregan para examinarlos)
desu candor, y innocencia; omalicia; y
que muchos Doctos, y stos. Prelados assi-
Folio 61 v
lo han dispuesto en sus Sinodos y Pastorales
exertaciones: por que no aviendo
Rayado en ellos toda la luz nezessaria
dela Razon óperfecto conocimiento de lo
bueno, y delo malo, se esperan uno dos
ótros años, hasta que vien instruidos y
alumbrados, entren ál yugo dela Ygle
sia, y partizipen delos beneficios de nra
sagrada Redempcion, cuyas Reglas pia
dosas, y prudentes yá nopueden adaptar
-se en estos tiempo para los Yndios, nitener
duracion que exceda asu vida.
por que es inhumanidad mantener estas
álmas desde el septenio hasta elultimo
termino desu natural Carrera
pribandolas deque Comulguen y que
no óbserven la devida disposicion para
elsto. sacramto. del matrimonio y velazon.
dela Yglesia: que no ganen Jubileos prenarios
enla forma establecida, y pres /
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cripta por ella; si no es por sus privilegios;
y que no pudiendo librarlos delos penal
en la trasgrecion delos preceptos por las
culpas de que se confiesan respecto de
állarlos capaces para ser absueltos, áyan
de disponerse ala Contrizion ójustificarse
por medio de la atricion junta
con el sacramento dela Penitencia; y
se les impida el argumento dela gracia
yá adquirida, ó la primera que denuevo
pueda adquirirse, y asii estas Reflexiones
y gravisimos fundamentos
estrechan demasiadamte. mi conziencia
para la estrañeza, y son parte de
la educacion temporal y espiritual
de los indios, Cuyo alivio buen regimen
y concierto me encarga el Rey, ytan
bien conduce algovierno politico y civil
deestos miserables vassallos, /
Folio 62 v
porque como es presumible que desvelandose
la Rl. Clemencia en proveér
los deMaestros, y costearles Pastores aqnes.
premia contantas honrras, y dignidades
suliberal mano; y que desde el instante
dela adquisicion de estos Dominios esel
mayor timbre, ó esmalte desu Catho
lica Rl. soberania mantener y culti
var estas almas, y plantar racima
les para el Cielo, seabandonen y ex
pongan á Estado dela eterna infelici
dad, ¿Nique juicio desapasionado y li
bre podra persuadirse aque parcialidades
y Pueblos enteros de Yndios hayan
de ser medidos por una misma vara;
y que no pudiendo ser iguales entodos,
los alcanzes, talentos, y aptitudes haya
deverificarse en ellos una distribuzion,
ó negazion? Lo cierto es que repugna /
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este modo de proceder enlos Parrochos;
y me hace una gran Humonia, que no
todos lo óbservan: por que algunos la
dán con generalidad alos que confiesan
de donde debo inferir que estos se con
forman mejor con los establecimtos. de
la Yglesia; y como no es posible que en
los pueblos donde sepractica lo contrario
se hallen todos en el estado de adultos
tantos años, sin mas ni menos; es ila-
-cion precissa, ócurrir algran descuido
que sepadece, y que nose exonera la
Real Conciencia ni se cumple con la
propia postergandose absolutamte.
el noble óficio dela Charidad christiana.
Y para que V.S.Be. refelcciones este-
Caso como debe, con sus grandes talen
tos y se haga cargo de quetodas las cosas
tienen su termino; y oquiero (en /
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quanto está demi parte) apartarme
del propio pensamto. y seguir por un Ra
to el Concepto delos Curas benemeritos
timoratos y dignos de hacer ópinion pro
bable a ab extrinseco, juntos con los Doc
tos Prelados que venera mi Respecto
y que siguiendo sus huellas VS.Be. no
le haga fuerza el modo de óppinar y
discurrir de mi angustiado corazon.
En este caso podránegarseme que el defe-
-cto ó escasa itneligencia de estas cria
turas es temporal y proveniente de
no haver tenido ante todo el comple
mento y noticia delos miesterios nezesarios
para salvarse? es imposible:
Pues sipasan nosolo tres años,
sino es Decenios, y siglos, y siempre
mantienen su ignorancia, no pudiera
ser prueba bastante (sintemeridad) /
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de que nose les enseña, ni instruye, y
portenor de buena consequencia que el Reyesta
deservido, porque los Parrochos no
cumplen consu óbligacion y que desde que
el Yndio nace hasta que muere no llegoo,
á saber la Doctrina christiana? No fuera
violencia discurrirlo, assi: pero yo no
lo creo ni creeré jamas, quetal aya su
cedido: por que me inclino á que los Pastores
de esta grey y rebaño hán desempeñado
el Cargo desus ófficios; me persuado
piadosamte. aque los que han fallecido están
gozando de muchos grados degloria, y que esta
costumbre, asi mantenida, óperpetuda
sin haver dejado deponer los medios para doctrinarlos,
y athequisarlos, haprobenido
deuna ómision protegida dela tolerancia
simpararse nidetenerse entodos los incom
benientes que le Refiero a V.S.Be. y que
assi hanformado dictamen probablemente
sano, para que noles aya sido mui pecaminoso,
aunqe. puede no averles gustado
sialgo huvieren temporalmte. padecido. /
Folio 64 v
Y volviendo ami discurso lo confirmo
contener noticia cierta (aun que no hé me
recido llegue amis manos para áprobechar
me de ella) de una Carta pastoral escrita
por el sor. Dn. Luis Franco. Romero de feliz memoria
siendo Obispo de esa sta. Yglesia en que
prectina aconsejó y exortó, atodos su Curas
para qe. observasen lo mismo que yo ennombre
del Rey pido áhora aV.S.Be; y sitan
docto Prelado há tiempo de Cuarenta años
(pocos mas omenos) que halló álos Yndios
Capazes detan saludable beneficio en esta
Tierra que yo estos visitando, y que
los genios cortedadesyreunticidad de esta
gente, indica, nose le pudieron ócultar: como
asu egemplo notendrá el mas authorizado
patrocinio ni Razon? Y como V.S.
Be. Dejará de compadecerse de mi congoja?
Por lo que expero que nezersittado Sátanota
imitacion libre las mas fuertes penas
y circulares edificativas providencias
para qe. respiren estas álmas, dejando /
Folio 65
deser desgraciadas y no carezcan mastiempo
del pan Divino, que manda seles con
fiera sto. Thoribio Arzobispo de Lima en uno de
sus Concilios que no cito por no tenerlo alamano
y por que V.S.Be. lo sabe mejor qe. Yo.
Debiendo advertir depaso para exonerarme
que seles hace alos Pobres Yndios la mayor injuria,
y agravio en Regularlos tan limitados
pues aunque parezcan insencibles, por lo qe
sufren; noson tan escasos de Razon que noconozcan
supropio tren y lamenten los ma
les, y extraccones con que los afligen no res
pirando muchas vezes detemor; y asi como
tienen malicias, y advertencias para
delinquier; no les faltan alcanzes en su idioma
para condolerse y esplicarse; sentir, lo
que se les niega de Justicia y temer el castigo
que seles espera; pues lo contrario seria ópo
nernos álas sagradas determinaciones de
la Yglesia que asi lotiene decidido, y canoni
zado: por lo que nodeven ser vistos ni tratados
estos desbalidos como piedras ó como troncos.
(7)Psalm. Tanquan lignum. (7) Pues áun que son tan
1.v.3. aridos por pobres, y viven desnudos, ó pribados
de ojas flores y frutos son arboles catholicos
y Razionales que no merezen seles ni /
Folio 65 v
eguen todas las esperanzas y proporciones para el
celestial Parayso, y cultivados con arte piadoso
pueden fructificar en algun tiempo. Fruc tu suuz
(8) Idem v.5 dabit Intempore suo (8) Pero faltandoles el riego
delas aguas saludables, todo se arriesga, y con
ternura verdadera venciendo mi genio, y olvi
dado dela moderaon. (porque nopuedo mas) le digo á
biertamte. aV.S.Be. que todo lo causa el interes y que
viene acomponer en los Curas la codicia (excep
tuando los qe. no deben ser comprehendidos por ha
ver algunos mui arreglados y egemplares) una
expecie de Poder que siendo imposible ála natura
leza aun llega ápracticarse en estos infelizes, como
triumplo lamentable del mismo vicio: por que
estando desnudos son desnudados delas bestidurar
qe. Notienen pribadolos de poder tener las
sin que parezca hyperbole, exageracion ó paradoja
que nose confirme Con la mayor paciencia
(9) Job.22. y sufrimto. Nudos Spoliasti vestibus. (9) Siestaban
desnudos queles quitaron? Pareze que la esperanza
y esto bastaba para una Crueldad y inaudita
tirania pero buscando modo conqe. esplicarle
a V.S.Be. mi dolor es el casso: quedesnudos los
Yndios quando viben, y quando mueren son los
despojados suhijos y sus mugeres viudas, quedan
vacias y exaustas para poder vestirse y alim
(10) idez Job.mentarse. Viduas dimissisti Vacuas (10) estas
Reziben los golpes quepadecieron áquellos Rindiendo
en vida la livertad del albedrio porque pa
gando en los óbrages haciendas, y estancias
Con su trabajo loqe. aun no devian quando mueren
experimentann las Vidas otra nueba desnu
|dez /
Folio 66
desamparo y orfandaz.
Aquí pido toda la atencion de V.S.Be. puesle
ábla nezesitado con toda laverdad y peso de
su estado y empleo un fiel ministro de Dios, y del
Rey. Mueren los Yndios y qe.dan desnudas y pere
ciendo sus mugeres, é hijos sin espereranza de
poder vestirse y mantenerse por que los quitan
para Cortos funeráles en la muerte desus
maridos, lo que no siendo de estos perteneze
alas viudas, y asus hijos esto es lastierras
de comunidad que debiendo poseérla para los
piadosos fines consequentes asu miseria, son
vendidas para que los Cuerpos puedan ser se
pultados; y oy se hallan muchas por medio
de estas clandestinas enagenaciones en
mui estranos pozeédores que notienen ótros
títulos sino esfirmar y papeles sueltos delos
Parochos, que les hán transferido el Dominio
que notubieron nipudieron tener y siendo in
aberiguables todas, por el dilatado trancurso
delos tiempos y otros gravisimos incombenientes
Respectivos aus infeliz constituzon.
que no son bencibles portodo mi desvelo siesto
sucede con las tierras que sera con los ga
nados y demas bienes deestos Pobres,? Dejolo
á la álta penetrazon. deV.S.Be. aquien asegu
ro mebeo en las mayores angustias, y tribu
laziones qe. puede padezer un animo verdade
ramente dolorido y consternado sin otro Re- /
Folio 66 v
curso para el Remedio quela authoridad y
Justificazion al Prelado ecclesiastico y el poder
de Jesuchristo, que venero en su Representaon.
no dudando sebea consushijos por eltal Refor
ma qe. sea un nuevo parto de la Divina pro-
(11).s.P.b.ad. videncia. Tiloli mei quos iteruz parturio Iteruz
Gal.1v.19. vos paturus in christo. (11) Sin que pueda ád
nirarse ni hacerse notable, que assi me esplique
en los principios ni que able contanto des
consuelo: porque. cocmo los Ministros Rs. viven
poseidos en el gobierno politico y juridico de mu
chas noticias verdaderas que no tienen con
duzencia con el egercicio desu regular insti
tuto y ereccion forense de los tribunales: no
pudiendo presindir de averlas adquirido,
las suprimen y reservan para áprobechan
se deellas quando les ejecute la necesidad y
las fonfimen conevidendia: por no ver lige
ros en él asensso y esto es lo que ami me há
sucedido peus antes servian de materia al
desprecio delos oidos, pero llegando yá ato
carlas los ojos Reconozco una innegable
certidumbre, ála dolencia y enfermedad
que viniendo desde la infancia, tiene curacion
tan dificil que solo es rreservada /
Folio 67
al medico Supremo no batando los Visi
(12) Marc.9. tadores ó Nuncios aunque sean Aposv.
20. tholes Santos (12) Por lo que unicamte. puede
inclinarse la esperanza ala potestad a
V.S.Be. que hade aparcentar la grey
y Rebaño de Jesuchristo como que le es co-
(13) S.Pedro metidos. Pascite qui in vobis est, gregen
eppiot.15. Dei. Y restablecerla (13), con la vara de la Justicia
y direccion del Rey no de Dios. Virga direct
ionis, virga regni tui (14) Pues el Divino Ma
estro quedejó en comendados sus Corderillos
(15)Joan.21. alos Prelados. Pasce agnos meos. (15) Precisso
todos los Pastores aque se apartasen de
lomalo, y inclinasen á hacer lo bueno.
(16)P.salm. Diverte á malo et fac bonuz (16) Yno pudi
33.v.15. endo ser cosa peor ni mas lamentable
para esta óvejas quel desconcierto en
que se hallan; y siendo al mismo tiem
po la mayor desgracia de una fabrica
principarla y no poder concluirla. Cepit
(17) Luc.14. edificare, et non pouit consumare (17) Re
v.30. zelo justamente darle esta Cuenta ál Rey
en lo que me há mandado: porqueso lo /
Folio 67 v
podré dar principio y poner los medios
pero sime falta en los Doctrineros subdi
tos delV.S.Be. su auxilio , será innutil
el logro todo mitravajo; y aunque afane
y me desvele del dia ála noche incesan
(18) Psalm. temente verá en vano. in vanuz laboran
126.v.1°. berunt. (18) Sucediendome lo que álos pes
(19) Lucz.5. cadores con las Reales. Totaz nocetez labov.
5. rantes. (19) Sin fruto. Y proviniendo todo
en mi concepto delo que en seña la luz
dela Yglesia en una pregunta misterio
(20)Sn.Augn.sa, respondida con no saberla. Inte rrogetract:
11. mus eun (Dice el santo) Manducaes –
in Joan. carneem filij hominis? Nescet (20) Y
era preciso quetodo fuese ignoranica don
de faltaba la Comida de el pan Divino.
Repartase con franqueza: inpongan
se fuertes penas alos Curas para que
guarden, y cumplan las leyes y órdenanzas
del Reyno: Contengase la ava- /
Folio 68
ricia en los funerales: no despojen á
las viudas: alimentense los pobres:
vistanse los desnudos; y deseles á entender
con rectitud, y severidad álos
Doctrineros seculares, y Regulares,
que es V.S.Be. su Prelado: porque en
esto ai mucho erros, y peligra la obediencia
quando sehalla Vacante la Episcopal
silla, pues Yo hecumplido con lo qe.
debo, y cumplire en adelante con lo quepueda
comunicando ál Rey eldefecto demis
opperaciones y el desarreglo delas provi
dencias que nofuesen conformes al Servicio
de ambas Magestades.
La Divina gue a V.S.Be. ms. ans. Riobamba,
y Diziembre 17. de 1763.= Sres.Be
Dean y Cavildo B.L.M. de V.S.Be.
su atento servor Capellan = Dr. Dn. Felix
de Llano = Duplicada ál Exmo. Sor. Virrey
Sres. Be. Deany Caudo. dela sta. Yga. Cathedral
de Quito. /
Folio 68 v
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