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Gob. Adm. L.1 fs. 56-58

Gob. Adm. L.1 fs. 56-58

Real decreto en que se revoca la supresión de conventos menores de la religión de la Merced en las Indias y Filipinas y manda se continúe la recolección de limosnas para la redención de cautivos en los propios términos anteriores
Gob. Adm. L.1 fs. 95-99

Gob. Adm. L.1 fs. 95-99

Por la que se sirve su Majestad declarar a consulta del supremo consejo de Guerra el servicio que deben hacer los oficiales graduados de coronel abajo igualmente que a los agregados y reformados.
Gob. Adm. L.1 fs. 15-17

Gob. Adm. L.1 fs. 15-17

Presidente de Quito inserta una real orden para que se de razón de los árboles de frutas y construcción de la mejor calidad para que se remitan a España
L.12 f-124

L.12 f-124

Real decreto en que su majestad habilita a Diego Gardoqui para que durante la enfermedad del Conde de Lerena este pueda despachar en los terminos que se expresan
Gob. Adm. L.1 fs. 10-12

Gob. Adm. L.1 fs. 10-12

Real orden en que su majestad permite por ahora en el distrito de su presidencia el uso de uniformes en los términos expresados al Director, Contador, Administrador y otros dependientes de a Real renta de Tabaco
Gob. Adm. L.1 fs. 192-195

Gob. Adm. L.1 fs. 192-195

Orden para que se distribuyan inmediatamente en las causas decomiso, que se sentencian a los ramos que correspondan y que solo se suspenda cuando haya apelación al supremo consejo o al Juez
Gob. Adm. L.1 fs. 183-186v

Gob. Adm. L.1 fs. 183-186v

Sobre la facultad de medio firmar con el apellido de Alange que se le concede al excelentísimo señor Conde de Campo alegre
Gob. Adm. L.1 fs 285-298

Gob. Adm. L.1 fs 285-298

Orden para que se permita cumplir el breve pontificio por el cual se permite comer carnes los sábados que no sean de cuaresma, ó precepto eclesiástico de ayuno.
Gob. Adm. L.1 fs. 279-284

Gob. Adm. L.1 fs. 279-284

Real orden sobre que no se debe exigir alcabala del contrato que se celebra entre el señor y el esclavo cuando este se redime por precio ni cuando este obtiene la libertad por pura liberalidad de su dueño
Gob. Adm. L.1 fs. 274-278

Gob. Adm. L.1 fs. 274-278

Real orden para que en las ciudades principales en que hayan reales cajas se haga corte y tanteo de ellas y demás oficinas reales el día 31 de diciembre de cada año
Gob. Adm. L.1 fs. 268-273

Gob. Adm. L.1 fs. 268-273

Real orden dada para que los oficiales reales y Ministros de hacienda donde se hallen establecidas las Intendencias deban entrar con espada y bastón a las juntas de tribunales
Gob. Adm. L.1 fs. 264-267

Gob. Adm. L.1 fs. 264-267

Que para obtener los oficiales del ejercito la gracia de hábito en las ordenes militares habían de servir a las armas el espacio de ocho años
Gob. Adm. L.1 fs. 258-263

Gob. Adm. L.1 fs. 258-263

Real orden para que los Gobernadores sargentos mayores de plaza puedan llevar el pequeño uniforme
Gob. Adm. L.1 fs. 243-257

Gob. Adm. L.1 fs. 243-257

El Padre Pio VI sobre la prórroga de otros siete años del Vicariato general de los reales ejércitos en las facultades que le están concedidas.
Gob. Adm. L.1 fs. 239-242

Gob. Adm. L.1 fs. 239-242

Real orden de los sueldos que deben abonarse a los oficiales del ejercito de España y America que permutan sus empleos
Gob. Adm. L.1 fs. 233-238

Gob. Adm. L.1 fs. 233-238

Real orden sobre el castigo a los que pasan indios sin licencia y que esta impuesta en la real orden de 10 de septiembre de 1785, se entienda sólo con los polizones solteros y de ningún modo con los casados.
Gob. Adm. L.1 fs. 220-232

Gob. Adm. L.1 fs. 220-232

Orden para que las penas prescritas en las ordenanzas de la renta de tabacos contra los contraventores se moderen y se tenga presente esta real provisión
Gob. Adm. L.1 fs. 187-191

Gob. Adm. L.1 fs. 187-191

Orden para que los esclavos y demás criados de los militares con destino a las labores y negociaciones ajenas a la milicias, no gocen de fuero concedido por las Reales ordenanzas del ejercito
Gob. Adm. L.1 fs. 179-182

Gob. Adm. L.1 fs. 179-182

Solicitando se envíe a la brevedad posible una razón individual de los empleos militares que desde el año 1776 hasta el presente se han creado y aumentado
Gob. Adm. L.1 fs. 174-178

Gob. Adm. L.1 fs. 174-178

Real orden sobre que en estos dominios se sigan las mismas disposiciones sobre fuero legal a que deben gozar las dependencias de rentas reales
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