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C. 32.153

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Oña. Fol. 2. Gob. / Adm.
Serafín Armijos al intendente del Azuay. Oficios solicitando: 1. Se autorice para que la fiesta de Toros que manda la ley se haga en esta parroquia y no en Girón como se ha ordenado. 2. Se ordene a los blancos de Oñanzhapa suelten el agua que han atajado, ya que están en peligro de muerte las personas y animales.

Transcription

// Fol. 1. / República de Colombia. Oña 17 de Noviembre de 1825 -15º-
Al Señor Intendente Ciudadano Ignacio Torres
Señor solamente los gemidos que llegan a vuestra señoría tienen un perfecto recibo, y esta confianza hace que ocurramos a vuestra señoría como a un Padre de la República, y Jefe de un magnanimo corazón:
El Cantón de Xirón nos quiere obligar a que vamos a hacer los Toros que manda la Ley en Diciembre en dicho Pueblo, desamparando nuestros lugares, y expuestos a largos caminos de diez Leguas, sin tener presente el dicho Cantón la suma indigencia de este Pueblo, que no teniendo ni que comer en su Casa Propia es imposible hacerse de rancho para el ajeno y escaso Pueblo de Xiron:
Nosotros no nos desdeñamos en festejar dichos días con los regocijos que alcance nuestra miseria.
/ Fol. 1v. / en esta misma plaza que tubo la felicidad de ser pisada por nuestro amable Libertador, y si la piedad de vuestra señoría, nos concede esta gracia que así lo expresamos, será nuestra alegría, y llegarán hasta el cielo los Vivas en honor del Intendente del Departamento de el Asuay: a más de esto si nosotros queremos obligar al Pueblo a que se conduzca para Xiron, ni la mayor fuerza podrá hacer obedecer esta Gente, pues, se huira por partes remotas, como que por su miseria no tiene que dejar ni que llevar, y vuestra señoría en cosideracion de estos justos clamores, nos concederá que las fiestas de la Ley se hagan en este Pueblo: es cuanto por hoy ocurre.
Dios guarde a vuestra señoría.
[r] Serafin Armijos
[r] Matias Armijos

// Fol. 2. / República de Colombia. Oña 17 de Noviembre de 1825 -15º-
Al Señor Intendente Ciudadano Ignacio Torres
Las aguas que riegan est Pueblo sumamente seco, se conducen de muchas alturas, y en sus cabeceras han fabricado sus habitaciones muchos Blancos que se dividen en dos Barrios llamados Oñazhaya y Cuscuduma, a estos anticuadamente se les ha conminado que regando el día sus campos, suelten de noche las dichas Aguas del Pueblo el que, recogiéndolas en un Estanque, tiene como regar sus chacras:
Ensordecidos los dichos Blancos a esta obligación, y oficio de piedad se han hecho de peña en no darnos este socorro preciso ni de día ni de noche, de modo que se han visto veces sin Agua ni para beber este miserable Pueblo,
/ Fol. 2v. / con peligro de parecer racionales y animales. Sin que les baste a los referidos Blancos de los referidos Barrios, ni amenazas ni reconvenciones amistosas:
El derecho de sanidad, y de policía nos ha hecho dictar el Auto que incluimos a vuestra señoría para ver si con esto tiene el Pueblo este saludable socorro como ha sido costumbre, y que los acueductos están trabajados, y se limpian anualmente mas por los del Pueblo que por los que viven en sus cabeceras:
Un tanto del Auto de dicho incluimos a vuestra señoría y suplicamos lo confirme para que así tome nervio la autoridad, y el Pueblo dicho goce de este bien.
Dios guarde a vuestra señoría.
[r] Serafin Armijos
[r] Matías Armijos //

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“C. 32.153,” ANHC, accessed December 21, 2024, http://archivo.cceazuay.gob.ec/items/show/6503.

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