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C. 27.049

Description

Girón. Fol. 8. Gob. / Adm.
Juzgado político al señor intendente. Oficios: 1. Acusando recibo de nota del 6 del presente (no expresa el asunto). 2. Indica que se halló prevenido de reemplazar al juez político de esta Villa. 3. Solicitando respuesta sobre la denuncia de los indígenas de vara acerca de los servicios que prestan. 4. Acusando recibo de la nota en la que se ordena de la nota en la que se ordena la preparación de raciones para la columna de infantería. 5. Indicando que está elaborando la nómina de las personas que van a contribuir con cabezas de ganado para el sostén de tropas. 6. Acusando recibo de la nota que adjuntaba ejemplares de Leyes y decretos. F. 8

Transcription

// Fol. 1. / Juzgado Político de esta Villa. Jirón y Abril 7 de 1829 -19º-
Al Señor General Intendente del Departamento
Recibida la nota de vuestra señoría con fecha de 6 del que nos rige, relativa a lo expuesto por el señor Excelentísimo Jefe Supremo del Sur. Queda advertido este Juzgado a la publicación que vuestra señoría le previene en este cantón y demás parroquias anexas a el. Queda contestada la nota de vuestra señoría.
Dios guarde a vuestra señoría.
[r] Tomas Vintimilla

/ Fol. 2. / Juzgado Político accidental. Girón Abril 1 de 1829
Al Señor General Intendente
Hallandose el Juez Político de esta Villa en otras comisiones importantes al Estado, subrogaré el lugar de este señor, y con este motivo he recibido la nota de vuestra señoría de 30 de Marzo ultimo relativa al comiso del Tabaco que haya de existir en este cantón, con más el nombramiento hecho al ciudadano Joaquín Gómez, quien se hará cargo de este Estanco.
Así mismo quedo inteligenciado en prestarle los auxilios que vuestra señoría me previene; y a circular el auto que acompaña.
Dios guarde a vuestra señoría.
[r] Tomas Vintimilla

/ Fol. 3. / Juzgado Político de esta Villa. Jirón y Abril 7 de 1829 -19º-
Al Señor General Intendente del Departamento
Los Indígenas de la vara en esta Villa alegan juntamente que, con motivo de hallarse solo contraídos a los servicios urgentes del Estado, no suelen tener el tiempo necesario a cultivar sus posesiones, y en consideración a este mismo se les a eximido en los tiempos anteriores del pago de Tributos.
El Juez Político propietario de esta, se: que consultó a vuestra señoría acerca de este punto, más no estoy impuesto de lo que se haya determinado; así pues, se dignará vuestra señoría darme su parecer.
Dios guarde a vuestra señoría.
[r] Tomas Vintimilla
/ Fol. 4. / Cantón Girón Abril

/ Fol. 5. / Juzgado Político accidental. Jirón Abril 23 de 1829
Al Señor General Intendente y Comandante General del Departamento
Acabo de recibir el oficio de vuestra señoría de 20 del corriente, en el que me previene tenga yo listas trescientas raciones buenas en todos los puntos, desde esta Villa hasta el puesto de Balao para la Columna de Infantería que dice vuestra señoría debe marchar para dicho Balao. No puedo menos que hacer presente a vuestra señoría la escaces de los demás artículos fuera de la carne, y la sal en todo este cantón para las referidas raciones, pues si es el pan hay muchos días que no se consigue para el público, y si las Menestras no se halla donde comprar en todo el cantón.
Así pues, espero se digne vuestra señoría comunicarme en contestación de esta, si se debe racionar solo con la carne, y sal, o es preciso algún otro articulo, para preparar ocurriendo donde lo haya.
También se dignará vuestra señoría avisarme el día que debe tocar la Columna en esta Villa. Todo lo que espero se sirva comunicarme sin perdida de tiempo para preparar antes que la citada Columna toque, en este cantón, porque según el referido oficio de vuestra señoría, tengo que alistar en todo el transito desde esta villa hasta Balao.
Dios guarde a vuestra señoría.
[r] Francisco Ochoa

/ Fol. 6. / Juzgado Político del Cantón. Jirón y Abril 27 de 1829 -19º-
Al Señor General Prefecto del Departamento
En los días pasados procedí a la formación de la lista nominal de los vecinos de este cantón a que contribuyan con las cabezas de ganado vacuno según vuestra señoría me previno, para el sosten de Tropas que guarnecían esa Plaza, como de los Hospitales: acerca de este negocio agote los últimos arbitrios a fin de completar el numero asignado: pero ahora que esta diligencia se ha puesto en ejecución, se ha echado de ver que es impracticable:
Lo primero por haber quedado los más de los fundos exhaustos de aquel articulo
Lo segundo por haberme inteligenciado varios señores Hacendados de
/ Fol. 6v. / por acá hallarse eximidos por esa misma Superioridad con motivo de satisfacer sus pensiones en la ciudad donde residen; pues, lo menos que de parte del señor Administrador de Alcabalas José Ochoa se me ha mostrado una providencia conferida por el señor Intendente antecesor de vuestra señoría acerca de dicha exención, y a este tenor el señor Miguel Borrero, y por parte del señor Narciso Cobos, y otros más dicen lo mismo.
Con todo habiéndose colectado unas cortas cabezas de una, u otra Parroquia, de estas se han gastado dos en el Piquete que condujo el Capitán Nieto al punto de Balao, que así dicha carne, como todo lo necesario que se invirtió en el expresado Piquete, consta del vale dado por este señor Capitán, el que va adjunto para la inteligencia de vuestra señoría a que se provea lo conveniente.
/ Fol. 7. / Van dos Militares con la custodia necesaria remitidos por su Capitán a esa Superioridad: de estos se dice vienen ya castigados a proporción del delito, y la deserción que de ellos se supone según alegan, no fue formal; pues según presidió el caso del día de su marcha, solo se habían retardado por unos cortos momentos en esta Villa con el objeto de haber estado tomando un poco de Chicha.
En atención a estas circunstancias, suplico a vuestra señoría se les trate con alguna equidad. También adjunto ese oficio dirigido a vuestra señoría del punto de San Fernando. Dignese vuestra señoría contestarme a esta nota.
Dios guarde a vuestra señoría.
[r] Tomas Vintimilla
/ Fol. 8. / Juzgado Político. Girón y Abril 25 de 1829 -19º-
Al Señor General Intendente
Con fecha 15 del presente recibo la nota de vuestra señoría con los adjuntos ejemplares: Los ocho acerca de la Ley Organica de Tribunales y Juzgados: los ocho sobre la Reforma de la Ley 3ª Titulo 1º Libro 4º de la Recopilacion Castellana: Los ocho acerca de la Ley del Papel Sellado: los ocho sobre la Suspension temporal de las Municipalidades de la República: Los ocho sobre la Reforma de la Organización política de la República: los ocho acerca de la Reunión del Congreso Constituyente para el dos de Enero de 1830: y el Segundo Prescribiendo la regla que deben observarse en las elecciones de los Diputados que han de componerlo: Los ocho relativo a la Regularización del precio de los Bagajes que se tienen para el servicio del Estado, expedidos por Su Excelencia el Señor Libertador.
Adjunto a estos mismos se han recibido dos oficios: el uno sobre la Declaración que hace Su Excelencia acerca de los Colectores de los Ramos del Estado, y el otro acerca de las vacantes accidentales que ocurran de Alcaldes Municipales, como también otro ejemplar acerca de la Medida de los principales Caminos de la República.
Quedando a cargo este Juzgado darle el más exacto cumplimiento con la respectiva publicación, y circulación a las parroquias de mi mando según vuestra señoría me lo previene.
Dios guarde a vuestra señoría
[r] Tomas Vintimilla //

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“C. 27.049,” ANHC, accessed December 21, 2024, http://archivo.cceazuay.gob.ec/items/show/6422.

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