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Gob. Adm. L.1 fs. 187-191

Gob. Adm. L.1 fs. 187-191

Orden para que los esclavos y demás criados de los militares con destino a las labores y negociaciones ajenas a la milicias, no gocen de fuero concedido por las Reales ordenanzas del ejercito
Gob. Adm. L.1 fs. 179-182

Gob. Adm. L.1 fs. 179-182

Solicitando se envíe a la brevedad posible una razón individual de los empleos militares que desde el año 1776 hasta el presente se han creado y aumentado
Gob. Adm. L.1 fs. 174-178

Gob. Adm. L.1 fs. 174-178

Real orden sobre que en estos dominios se sigan las mismas disposiciones sobre fuero legal a que deben gozar las dependencias de rentas reales
Gob. Adm. L.1 fs. 150-156

Gob. Adm. L.1 fs. 150-156

Real Orden para que se observen las reglas que se inserten de acuerdo a lo que se expresa sobre la colección de minerales
Gob. Adm. L.1 fs. 146-149

Gob. Adm. L.1 fs. 146-149

Real orden para que en la de 22 de junio se enmiende la equivocación que hubo en la cita que se expresa
Gob. Adm. L.1 fs. 79-94v

Gob. Adm. L.1 fs. 79-94v

Real decreto uniendo las cinco secretarias de estado y del despacho de España los negocios respectivos a cada departamento en las Indias
Gob. Adm. L.1 fs. 74-78

Gob. Adm. L.1 fs. 74-78

Real gracia que concede el señor patriarca Vicario y los ejércitos a los individuos de los cuerpos militares de la jurisdicción castrense sobre el uso promiscuo de carne y pescado en un mismo día y en una misma comida
Gob. Adm. L.1 fs. 72-73v

Gob. Adm. L.1 fs. 72-73v

Para que se pase la revista de comisario y asista sólo un ministro de Real hacienda y que el asiento de pertenencia ocupe el oficial interventor por estar asi prevenido en las reales ordenanzas del ejercito
Gob. Adm. L.1 fs. 69-71v

Gob. Adm. L.1 fs. 69-71v

Real orden concediendo a Pedro de Lerena la facultad de medio formar en todos los avisos, oficios y ordenes que se despachen en España como en las Indias
Gob. Adm. L.1 fs. 63-68v

Gob. Adm. L.1 fs. 63-68v

testimonio de la Real Orden que proveyó el Virrey del reino a fin que se entienda que la superintendencia subdelegada de Real Hacienda que ejercía el Señor Presidente de Quito se halla incorporada a su excelencia
Gob. Adm. L.1 fs. 52-54v

Gob. Adm. L.1 fs. 52-54v

Real Cédula de 8 de febrero de 1790 para que se observe la real pragmática de matrimonios, cédulas expedidas declaratorias de ellas y que se despache su cumplimiento por las leyes que en ellas se observan.
Gob. Adm. L.1 fs. 28-32

Gob. Adm. L.1 fs. 28-32

Sobre lo que se ha de practicar en los decomisos a los extranjeros en los géneros de algodón
L.12 f-88

L.12 f-88

Real cédula comunicada por el Presidente de la Real Audiencia sobre la substanciación de los comisos de corta entidad
L.12 f-74

L.12 f-74

Rreal cédula mandando no conceder títulos de Castilla a los residentes en estos dominios sin que existan las justificaciones requeridas
L.12 f-44

L.12 f-44

Real cédula que manda que en estos reinos no se pueda realizar juntas ni preparatoria alguna sin que la presida el Ministro Real que para el efecto sea designado
L.12 f-38

L.12 f-38

Real cédula pidiendo la remisión del producto de las vacantes y su inversión, insertándose varias Leyes del nuevo Código
L.12 f-5

L.12 f-5

Real orden en que su majestad declara que quienes hayan entrado a servir en los cuerpos de milicias en calidad de guardias marinos o cadetes les sirvan de comprobación de las patentes sin necesidad de calificar con documentos su hidalguía
Gob. Adm. L.11 fs 4a-5

Gob. Adm. L.11 fs 4a-5

Comunicación del señor presidente de Quito en la que declara su Majestad no se admitan en los tribunales eclesiásticos demandas de esponsales celebradas sin el consentimiento paterno y que se tenga de puntual observancia de los individuos de ejercito y ultramar
Gob. Adm. L.1 fs. 37-41

Gob. Adm. L.1 fs. 37-41

En que su majestad declara al tribunal mayor de cuentas de Quito igual al de Santa Fe en cuanto a sus facultades y privilegios
Gob. Adm. L.1 fs. 221-228

Gob. Adm. L.1 fs. 221-228

Orden que han de observar el corregidor de Loja y el Real botánico químico para el acopio y remisión a España de la mejor quina para la Real botica
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